MAX ARIAS-SCHREIBER PEZET: De Jurista a Ministro

Emilio Eduardo Galdos Villena 1

(1)  Escuela de PostGrado, Universidad Católica de Santa María

DOI: 10.26696/sci.epg.0028

RESUMEN: “Trazar una semblanza de Max Arias-Schreiber es tarea sencilla y compleja. Sencilla porque Max fue una personalidad polifacética cuya trayectoria integra, necesariamente, un buen trecho de la historia de nuestra patria. Podríamos hablar durante largas horas de sus dotes como abogado, maestro universitario, prolífico autor, ex Decano del Colegio de Abogados de Lima, conferencista, periodista, dirigente deportivo, codificador, político o embajador. Y compleja porque el discurso puede quedar breve para exaltar las muy altas calificaciones del homenajeado. Max, al igual que los autores de este ensayo, estudió en el Colegio de los Sagrados Corazones “Recoleta”, donde ostentó inexorablemente el premio de excelencia de su clase, y aunque también parezca una paradoja, fue el atleta más distinguido del colegio en aquellas épocas. Parecía incompatible, aunque el caso de Max fue una de las pocas excepciones que confirman la regla, la conjunción de galardones académicos y atléticos. Max AriasSchreiber, desde que se graduó de Abogado en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el año 1950, ejerció su profesión con singular brillo, alcanzando el más alto cargo al que un abogado puede aspirar, esto es el de Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, durante los años 1981 y 1982. Desde el año 1956 se inicia en la cátedra de la misma Facultad de Derecho que lo había formado, como un destacado maestro de Derecho Civil, habiendo sido distinguido por la misma Universidad, desde 1992, como profesor emérito. Pero su generosidad docente no la limitó a la respetabilísima San Marcos, sino que dictó cátedra, sobre temas de su especialidad, en las Facultades de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú, de la Universidad de Lima y de la Universidad San Martín de Porres, siendo profesor extraordinario y emérito de numerosas universidades del país.1

Palabras clave:  Jurista, Codificador,  Decano, Derecho real,  Contratos

ABSTRACT: Draw a sketch of Max Arias-Schreiber is simple and complex task. Simply because Max was a multifaceted personality whose career integrates necessarily a good stretch of the history of our country. We could talk for long hours of his skills as a lawyer, university teacher, prolific author, former Dean of the Lima Bar Association, lecturer, journalist, sports leader, encoder, politician or ambassador. And because the complex can be brief speech to extol the very high ratings of the honoree. Max, like the authors of this paper, studied at the School of the Sacred Hearts "Recoleta" where inexorably held the Award of Excellence in its class, and although it seems a paradox, was the most distinguished athlete from school in those times. It seemed incompatible, but if Max was one of the few exceptions to the rule, the combination of academic and athletic awards. Max Arias-Schreiber, since graduating in law at the Faculty of Law at the National University of San Marcos, in 1950, practiced law with singular brightness, reaching the highest position to which a lawyer can aspire, this is the Dean of the Bar Association of Lima, during the years 1981 and 1982. Since 1956 starts in the chair of the same law school that had formed, as an outstanding teacher of Civil law, having been distinguished from the same university since 1992 as professor emeritus. But his teaching generosity not limited to the respectable San Marcos, but lectured on subjects of his specialty, in the Faculty of Law of the Pontificia Universidad Catolica del Peru, the University of Lima and Universidad San Martin de Porres He is extraordinary and emeritus professor of numerous universities.

Key Word:  Jurist, Encoder , Dean , Real Law, Contracts

BIOGRAFÍA DEL JURISTA

Doctor en derecho y jurista nacional, nació en Lima el 03 de enero de 1923, de una familia acomodada económicamente. Su padre fue el médico Max Arias Schreiber, hijo del jurista Diómedes Arias de Arriaga y de la dama huaracina Hortensia Eldelmira Schreiber Waddington. Su madre fue Elvira Pezet Miró-Quesada, hija de Víctor Pezet Eastled-Alcock y María Teresa Miró-Quesada Ingunza. Fue sobrino de Diómedes Arias Schreiber y Ricardo Rivera Schreiber, también sobrino nieto del político huaracino Germán Schreiber Waddington (Primer ministro entre 1910 y 1915) y tataranieto del presidente Juan Antonio Pezet. Hizo sus estudios escolares en el Colegio Sagrados Corazones Recoleta, de los padres franceses, y, luego de que su padre obtuviera una subvención del gobierno para trasladarse a Europa, en el exclusivo Institut Le Rosey de Suiza.

Correspondencia a:

Emilio Eduardo Galdos Villena

Escuela de PostGrado

Calle Samuel Velarde 320. Umacollo, Arequipa - Perú.

E-mail: emilio.galdos@ucsp.edu.pe

En 1942, ingresó a la Pontificia Universidad Católica, pero después se trasladó a laFacultad de Letras y Derecho de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos, de la que egresó en 1948. Su tesis de Bachiller en Derecho, Los Derechos Reales en el Código Civil de 1936 fue aprobada con nota sobresaliente y obtuvo el Premio Nacional de Cultura “Javier Prado”, del año 1950. Se graduó de abogado a fines de 1950 con dispensa de la sustentación del expediente penal. Obtuvo el título de Doctor en Derecho en 1962.

Se inició en la Cátedra sanmarquina dictando el curso Contratos y demás cursos de Derecho Civil, desde 1956 hasta 1985, en que se jubiló. Ha dictado Contratos en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (l9581959); Familia en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima (1983-1985); “Contratos Modernos" en la Facultad de Derecho de la Universidad San Martín de Porres (1998-1999). Desde 1996 hasta el 2002, enseñó “Contratos” en la Maestría de la Dirección de Empresas Constructoras e Inmobiliarias (M.D.I.); fue Profesor Emérito de San Marcos y Profesor Extraordinario de las Universidades de Lima, San Martín de Porres, Garcilaso de la Vega, Federico Villareal, Universidad Femenina del Sagrado Corazón (UNIFE), Santa María y San Agustín (Arequipa), Pedro Ruiz Gallo (Chiclayo), Antenor Orrego (Trujillo) y Doctor Honoris Causa de la Universidad Privada San Pedro de Chimbote. Dos promociones  sanmarquinas llevan su nombre. Ha intervenido como ponente en Congresos Internacionales de abogados destacando los realizados en Madrid, Buenos Aires, Córdoba, Mendoza y Lima. Igualmente, ha intervenido en Congresos Nacionales realizados en Lima, Arequipa, Trujillo, Chiclayo y Piura.

Ha sido Conferencista en diversas Facultades de Derecho de las Universidades peruanas, así como en los Colegios de Abogados del Perú y España.

OBRAS Y PUBLICACIONES

“Ha escrito “Los Derechos Reales en el Código Civil de 1936”, “La Compra-venta”, y su obra más extensa: la Exégesis de Código Civil Peruano, consistente de nueve volúmenes; “El Decanato”; “Los Contratos Modernos” tomos I y II; “Luces y sombras del Código Civil” tomos I y II; “Contratos Modernos” (actualización); “La Técnica Contractual” tomos I, II y III. Además de los libros, escribió numerosos artículos en revistas de especialidad jurídica en Lima y provincias.

Su obra "Exégesis del Código Civil Peruano de 1984" (publicada en Lima por vez primera en 1986, y que a la fecha lleva varias ediciones) constituye en uno de los textos más utilizados por los estudiantes y especialistas de Derecho Civil”2.

VIDA PÚBLICA

“En 1956 fue nombrado Miembro Fundador de la Comisión Encargada de la Revisión y Estudio del Código Civil de 1936. Dicha Comisión elaboró el Proyecto de Nuevo Código Civil que fue promulgado en 1984, siendo Ministro de Justicia. Concejal de la Municipalidad de San Isidro en 1958 y 1959. Director del Banco Central de Reserva del Perú, de julio a octubre de 1968.

Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima en 1981 y reelegido en 1982.

Ministro de Justicia del segundo Gobierno de Fernando Belaúnde Terry en 1984.

Presidente de la Junta de Vigilancia de los Registros Públicos, en 1982 y 1984.

Embajador Especial ante Brasil y Paraguay durante el conflicto con Ecuador (1984).

Miembro de la Comisión Encargada del Estudio y Revisión del Código Civil de 1984, y posteriormente consultor de la misma durante los años 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002”.3

DISTINCIONES Y CONDECORACIONES

El maestro ha recibido una serie de distinciones y premios de los cuales se pueden mencionar los siguientes:

  • Premio de Fomento a la Cultura “Javier Prado” por la mejor tesis universitaria, 1950.

  • Primer Premio otorgado por el Colegio de Abogados de Lima, por el trabajo “La Compraventa”, 1959.

  • Medalla “Centenario 2 de mayo de 1886”, 1966.

  • “Cruz Peruana al Mérito Naval”, 1972.

  • Trofeo Victoria, otorgado por el Círculo de Periodistas Deportivos, 1981.

  • Laureles de Docencia Sanmarquina, 1994.

  • Laureles Magisteriales en el Grado de Amauta, 1997.

  • Condecoración de “Amauta”, 1997.

  • Condecoración “Vicente Morales y Duárez” otorgada por el Colegio de Abogados de Lima, 1999.

  • Condecoración “José Sánchez Faustino Carrión” otorgada por el Colegio de Abogados de La Libertad, 1999.

  • Condecoración “Francisco García Calderón”, otorgada por el Colegio de Abogados de Lima, 2003.

  • Condecoración “José Sánchez Faustino Carrión” otorgada por el Colegio de Abogados de La Libertad, 1999.

  • Académico de Número, Vicepresidente y Presidente de la Academia Peruana de Derecho, desde 1992 hasta el 2002. Elegido Presidente de la misma institución por el período 2002-2003, y reelegido para el período 2003-2004.

  • Académico de Honor de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Madrid, 1996.

  • Miembro Correspondiente de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, República Argentina, 1992.

  • Miembro Honorario del Colegio de Abogados de Buenos Aires, República Argentina, 1982.

  • Miembro Honorario de los Colegios de Abogados de Arequipa, Piura, Huánuco, Ancash, La Libertad, Tacna, Tumbes, Lambayeque, Ucayali, Pasco.

LA REFORMA DEL CÓDIGO CIVIL PERUANO

“Luego de muchos años de trabajo, por fin, el 24 de julio de

1984, mediante Decreto Legislativo 295 se promulgó el nuevo Código Civil peruano. El decreto fue firmado por el presidente de la República arquitecto Fernando Belaunde Terry y el entonces Ministro de Justicia doctor Max Arias Schreiber Pezet. En la referida norma legal se dispuso que el Código Civil entraría en vigor el 14 de noviembre de 1984, fecha en la que también entró en vigor su antecesor de 1936.

La Comisión Reformadora como Ministros de Justicia fue decisiva en el proceso de elaboración y entrada en vigencia del Código Civil de 1984” 7 . En 1965, siendo Ministro de Justicia y Culto el doctor Carlos Fernández Sessarego, se creó la

Comisión Reformadora del Código Civil de 1936.

Posteriormente, en 1981, siendo Ministro de Justicia el doctor Felipe Osterling Parodi, se entregó el Proyecto del nuevo Código Civil a los tres Poderes del Estado: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Por último, siendo Ministro de Justicia el doctor Max Arias-Schreiber Pezet se promulgó el Código Civil en 1984.

El Poder Ejecutivo designó a los doctores Max Arias-Schreiber Pezet, Carlos Cárdenas Quirós, Manuel de la Puente y Lavalle, Fernando de Trazegnies Granda, Carlos Fernández Sessarego, Augusto Ferrero Costa, Guillermo Lohmann Luca de Tena y Fernando Vidal Ramírez.

Durante el funcionamiento de la Comisión, el doctor Max AriasSchreiber Pezet renunció por motivos de salud y en su lugar se nombró al doctor Guillermo Velaochaga Miranda.

El grupo de Congresistas también fue modificado, sustituyéndose a los doctores Ricardo Marcenaro, Luis Delgado y Jorge del Castillo por los doctores Oscar Medelius Rodríguez, Martha Chávez Cossío y Lourdes Flores Nano. 4

ALGUNOS EJEMPLOS DE DEFINICIONES DEL MANDATO

EL MANDATO CON REPRESENTACIÓN: El maestro Max

Arias Schereiber Pezet, sobre el mandato con representación nos explica que5:

El Código de 1984, a diferencia del derogado de 1936, distingue perfectamente uno y otro tipo de mandato: el mandato sin representación, que es el mandato propiamente dicho, en el cual el mandatario actúa en su propio nombre, y el mandato con representación (directa), en el cual el mandatario actúa en nombre del mandante, sin que ello suponga, por cierto, confundir la representación y el mandato.

EL MANDATO SIN REPRESENTACIÓN El maestro Max Arias Schereiber Pezet, sobre el mandato sin representación nos explica que6: Mediante el contrato de mandato sin representación (directa), el mandatario se obliga a realizar uno o más actos jurídicos en su propio nombre pero por cuenta y en interés del mandante.

REFLEXIONES FINALES

Es tarea singularmente ardua referirse a su producción jurídica en pocas palabras. Max Arias-Schreiber fue un autor fecundo que se inició con un trabajo formidable para optar el grado académico de Bachiller en Derecho, denominado “Los Derechos Reales en el Código Civil de 1936”, el mismo que mereció el Premio de Fomento a la Cultura “Javier Prado” por considerarse la mejor tesis universitaria en el año 1950.

Luego, en 1960, escribe una obra denominada “La CompraVenta”, a la que se le otorga el primer premio por el Colegio de Abogados de Lima. Pero donde empieza a desarrollar su extraordinaria literatura jurídica es con motivo de la promulgación del Código Civil de 1984, cuya autoría en buena parte le pertenece al haber integrado la Comisión Reformadora del Código Civil de 1936 desde su constitución, esto es desde el año 1965. En efecto, a partir del año 1986 inicia su renombrada “Exégesis del Código Civil”, integrada por diez tomos, en los que trata didácticamente y con profundidad la parte general y la parte especial de Contratos, en tres volúmenes, los Derechos Reales, en tres volúmenes, el Derecho de Familia, también en tres volúmenes, y los Registros Públicos en un volumen.

Además, escribe en el año 1991, en dos tomos, la obra “Luces y Sombras del Código Civil”, en la que observa con singular pulcritud los méritos y deméritos del Código Civil de 1984. Adicionalmente produce “Los Contratos Modernos”, en dos tomos, y la “Técnica Contractual”, en tres volúmenes. Ya lo mencionamos, y lo reiteramos ahora, que Max Arias-Schreiber fue un excelente Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima y que la fértil labor que desempeñó al servicio del Colegio se encuentra plasmada en una obra intitulada “El Decanato”, incrementando así su acervo literario.

Una personalidad con tales pergaminos no podía ser ajena a la vida política del país, y por ello fue convocado como independiente por el Presidente Constitucional de la República arquitecto Fernando Belaunde Terry, en el año 1984, para desempeñar el cargo de Ministro de Justicia.

No vamos a referirnos a sus singulares merecimientos durante el desempeño de ese cargo. Sólo diremos que por una afortunada coincidencia del destino le correspondió como Ministro, el 24 de julio de 1984, refrendar, en el Salón de la Paz de Palacio de Gobierno, en una hermosa ceremonia, el Decreto Legislativo N°. 295 que promulgó el Código Civil de 1984, a cuya redacción había dedicado casi veinte años de su vida. Hemos calificado a Max Arias-Schreiber como embajador, y lo fue para defender con singular brillo el Protocolo de Río de Janeiro, concurriendo a Brasil y a Paraguay para fundamentar la sólida posición peruana.

Pero Max Arias-Schreiber también fue periodista, distinguiéndose como constante colaborador del Diario “El Comercio” desde 1948, en el que escribió fundamentalmente sobre temas de derecho y políticos, sin soslayar su afición de siempre en un artículo denominado “El Balance del Fútbol Peruano en 1997”, o sobre materias también deportivas, que pueden sonarnos exóticas, Max Arias-Schreiber recibió durante su ilustre trayectoria múltiples honores y reconocimientos.

Baste mencionar que fue miembro honorario de numerosos Colegios de Abogados de la República y del Colegio de Abogados de Buenos Aires, miembro activo del Colegio de Abogados de Madrid, Académico de Número y Presidente de la Academia Peruana de Derecho, miembro correspondiente de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba, Argentina, y Académico de Honor de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España.

A ello se unen tres honrosos galardones: Los Laureles de Docencia Sanmarquina, los Laureles Magisteriales en el Grado Máximo de Amauta y la Condecoración “Vicente Morales y Duarez”, que otorga el Colegio de Abogados de Lima a los más distinguidos juristas del país y del extranjero. Retomando su labor de abogado, que lo fue y nato, luego de una distinguida trayectoria en el Estudio Olaechea hasta fines del año 1979, conformó con uno de los autores de este trabajo y otros apreciados colegas su propio Estudio durante veinte años, hasta el año 2000, en que decide encabezar el Estudio AriasSchreiber, continuación del Estudio de su insigne abuelo el doctor Diómedes Arias y Arriaga, en el que desempeñó, con el brillo de siempre, la labor de consultor y de árbitro.

Es difícil destacar cuáles fueron las mayores virtudes de un hombre ecuménico y universal como Max Arias-Schreiber. Luego tenemos en él al ilustre abogado, maestro universitario y eximio tratadista. Por ello afirmamos que las numerables distinciones y reconocimientos que exhibió obedecieron a tan relevante trayectoria vital

REFERENCIAS

[1] Extraído  el 10 de diciembre de 2015 de la página web : http://www.osterlingfirm.com/Documentos/articulos/Bicentenario%

[2]Extraído el 10 de diciembre de 2015 de la página web: https://es.wikipedia.org/wiki/Max_Arias-Schreiber_Pezet

[3]idem

[4] Idem

[5]ARIAS SCHREIBER PEZET, Max. “EXEGESIS DEL CODIGO CIVIL PERUANO DE 1984” TOMO I. Edición 2006. Editorial Gaceta Jurídica S.A. Lima-Perú. Pág. 792-794.

Recibido el 04 de Abril del 2016 y aceptado para su publicación el 02 de Mayo del 2016

 

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Volumen 10 - Número 1 (2024)